Cronograma de Pagos del Internado 2022, Obstetricia y Enfermería, 2022-I

Con Resolución de Consejo Universitario N° 1129-2022-R-UJCM de fecha 15 de julio de 2022, SE RESUELVE:

Artículo Único. – RATIFICAR, la Resolución Rectoral N° 0296-2022-R-UJCM, de fecha 13 de junio de 2022, que resuelve lo siguiente:

  • Artículo Primero. – APROBAR, en vía de regularización, el Cronograma de Pagos del Internado 2022, correspondiente a los estudiantes que están matriculados en el IX o X ciclo de las Carreras Profesionales de Obstetricia y Enfermería, y a los estudiantes que están matriculados en XI y XII ciclo de la Carrera Profesional de Odontología, Semestre Académico 2022-I, Sede Moquegua y Filial Ilo, conforme se detalla en el siguiente cuadro:
CONCEPTOFECHA DE VENCIMIENTOOBSERVACIÓN
01 CUOTA30/06/2022*
02 CUOTA26/07/2022*
03 CUOTA31/08/2022**
04 CUOTA30/09/2022**
05 CUOTA31/10/2022***
(*) COINCIDE CON EL CRONOGRAMA DE PAGOS ESTABLECIDO EN LA UJCM, SEMESTRE ACADÉMICO 2022-I, APROBADO CON RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0142-2022-R-UJCM, RATIFICADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0809-2022-CU-UJCM.
(**) PROPUESTA AJUSTADA AL INTERNADO.
(***) EL MISMO QUE COINCIDIRÁ CON EL CRONOGRAMA DE PAGOS DE LA UJCM, SEMESTRE ACADÉMICO 2022-II.

Descuento del 20%, a los estudiantes que efectúen el pago total de pensiones del Semestre Académico 2022-I, hasta el 30 de mayo de 2022 (solo aplica para matrículas regulares de 12 a más créditos, y créditos adicionales, NO INCLUYE MATRÍCULA ESPECIAL, NI CURSO AUTOFINANCIADO) .

Al incumplimiento de pago de acuerdo al cronograma, se aplicará los intereses correspondientes del 0.014% diario – tasa de interés del BCRP – RCU N° 637-2018-CU-UJCM.

  • Artículo Segundo. – PRECISAR, en vía de regularización, que el Cronograma de Pagos del Internado 2022, corresponde a cinco (05) mensualidades en el Semestre Académico 2022-I (desde junio a octubre de 2022), para estudiantes de las Carreras Profesionales de Obstetricia, Enfermería y Odontología, conforme a lo aprobado en el artículo precedente, y a la relación que se adjunta a la presente Resolución.
  • Artículo Tercero. – ENCARGAR, en vía de regularización, a la Oficina de Economía y Finanzas, adoptar según sus competencias, las acciones necesarias, para la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución.

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