Beca por rendimiento académico (tercio superior)

Beca por rendimiento académico (tercio superior)

El objetivo es otorgar al estudiante financiamiento en sus pensiones por ubicarse en el tercio superior de su escuela profesional en el semestre académico anterior inmediato de la universidad.

Requisitos

  • Solicitud en formato simple con indicación de datos de contacto (teléfono, dirección y correo electrónico) dirigida a la Jefatura de OBU, presentado dentro del cronograma de recepción de solicitudes para becas, aprobado por Consejo Universitario y colgado en la página web de la Universidad (www.ujcm.edu.pe).
  • Boleta de Notas del ciclo anterior, en el formato digital (para verificar el promedio aprobatorio).
  • Ficha de matrícula vigente (firmada por el estudiante y sellado por OSA), en él formato digital.
  • Constancia de seguro de salud vigente.

Procedimiento

  • OBU solicita a la Oficina de Servicios Académicos la relación de alumnos perteneciente al tercio superior del semestre académico anterior inmediato, por escuela profesional, por Sede y Filial.
  • El estudiante remite su solicitud al correo institucional de Secretaria de OBU.
    Servicio Social de OBU revisa los requisitos y si es favorable lo integra al Informe de Becas, si no fuera favorable OBU publica en el portal web (www.ujcm.edu.pe) las observaciones correspondientes para la subsanación dentro del calendario respectivo.
  • OBU remite a OEF el Informe de Becas para la verificación del descuento de acuerdo a escala de pagos correspondiente, esta oficina retorna a OBU el Informe con las observaciones que correspondan.
  • OBU eleva a Consejo Universitario, a través del Vicerrector Académico, instancia que evalúa, observa y/o aprueba el Informe de Becas.
  • Secretaria General emite, publica y distribuye la Resolución de aprobación de Becas para que las oficinas responsables ejecuten la beca.
  • El estudiante puede verificar en el portal web (www.ujcm.edu.pe) y mediante su correo los resultados. 

Duración


  • 45 días hábiles (contados a partir del día siguiente de la fecha del último día de recepción de solicitudes).